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Convenio de cooperación entre OCEBA y la Municipalidad de Exaltación de la Cruz

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Publicado el 16 de March 2022


Convenio de cooperación  entre OCEBA y la Municipalidad de Exaltación de la Cruz

El Organismo de Control de la Energía Elétrica de la provincia de Buenos Aires (OCEBA), firmó una adenda al convenio preexiste del año 2009, de cooperación y asistencia para atención de usuarios del sevicio público de electricidad con la municipalidad de Exaltación de la Cruz.

De la firma participaron el intendente de Exaltación de la Cruz, Lic. Diego Nanni, el Subsecretario de Energía de la Provincia, Lic. Gastón Ghioni y el Presidente del Organismo de Control, Cdor. Marcelo Juiz.

Las partes declaran y se comprometen a fortalecer y profundizar la relación de cooperación y asistencia en el ejercicio de las funciones de fiscalización y control del servicio público de energía eléctrica que son propias de OCEBA.

En el espacio Municipal funcionará una oficina específica destinada a receptar los reclamos y consultas de los usuarios de los distribuidores provinciales y municipales con relación a la prestación del servicio público de energía eléctrica, cuyo ámbito de actuación abarcará además del partido de General Paz, los partidos de Zárate, Baradero, Campana, San Andrés de Giles, San Antonio de Areco.

El OCEBA designa como responsable e interlocutor al Sr.Ricardo González, que forma parte de la estructura del Organismo, el cual continuará cumpliendo sus funciones en el ámbito de la oficina municipa. Todas las actividades que se desarrollen deberán ser coordinadas con el Centro de Atención de Usuarios(CAU) de OCEBA.

Entre las tareas comprometidas se destacan la recepción de consultas en general sobre la prestación del servicio de energía eléctrica, entre ellas sobre el régimen de Tarifa Social Eléctrica, el diseño y desarrollo de instancias de capacitación, campañas de eficiencia energética, el acceso a la información acerca de las tarifas, la gestión de trámites y la solución de reclamos.

Finalmente, el convenio tendrá vigencia a partir de su firma y por un plazo de un año, quedando renovado automáticamente por períodos anuales.

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